Licencias Federadas Categorias por edad e importes temporada 2025

De las licencias federadas

✓ Las licencias deportivas de bádminton están asociadas a un club y son necesarias para participar en actividades de la Federación Madrileña de Bádminton –FEMBAD- (territorial de la Comunidad de Madrid)

✓ El número ID se asocia a la licencia individual y se obtiene una vez tramitada la licencia por el club y validada por la FEMBAD y la Federación Española de Bádminton –FESBA-.

✓ La licencia de ámbito “territorial” es necesaria para poder puntuar en el ranquin de las competiciones de la FEMBAD, y la licencia “Nacional” para las competiciones de carácter cooficial con otras federaciones territoriales de badminton y oficiales de FESBA. Los extranjeros residentes deben enviar copia del NIE.

✓ La licencia “escolar” solo permite participar en competiciones organizados por la FEMBAD en las categorías Sub9 y Sub11.

✓ La licencia “promocional” no permite la inscripción en las competiciones “oficiales” y va asociada a la participación en entrenamientos en el club en centros deportivos municipales y actividades convocadas específicamente para esta categoría‍.

✓ Para la tramitación de las licencias federadas a menores se precisará la autorización de su representante legal (padre, madre o tutor) todo ello de conformidad con la Ley de Protección de Datos (Reglamento UE2016/679 protección de datos).

La solicitud de licencia federada se realizará por los socios en el trámite de nueva alta o de renovación en el club a lo largo de la temporada. Las licencias son tramitadas por el club una vez obren los datos necesarios para presentarla y se haya abonado el importe correspondiente.

Categoría de "jugadores" por edad, otras licencias y precios

La edad de referencia será la que tenga el 01 de enero de 2025.

Los Estatutos fueron modificados en el año 2003, para adecuarlos a la nueva, del Deporte de la Comunidad de Madrid (Ley 15/1994, de 28 de diciembre) y se introdujeron las modificaciones necesarias para la adaptación del texto a la nueva Ley del IVA (Ley 9/1998, de 21 de abril, por la que se modifica la Ley 27/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto del Valor Añadido).

Con fecha de 9 de julio de 2003, la Junta Directiva adoptó el acuerdo de elevar a los socios la propuesta de la nueva redacción de los Estatutos, que tras informe del Servicio de Régimen Jurídico Deportivo y Documentación, de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Educación, fue aprobado por la Junta Directiva en su reunión de 25 de septiembre y por unanimidad de los socios presentes. Presentados ante la Asamblea General Extraordinaria quedaron definitivamente aprobados del día 16 de octubre de 2003.

Con fecha de 4 de noviembre de 2003, el Servicio de Régimen Jurídico y Documentación, de la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid, acepta las modificaciones efectuadas y son debidamente diligenciadas.

En marzo de 2021, la Asamblea General aprueba la modificación de los Estatutos motivada por la necesidad de ajustar los términos del mismo a la normativa sobre práctica inclusiva y el principio de no discriminación, y por último adecuarlos a las nuevas exigencias normativas en el ámbito del funcionamiento de los clubes deportivos y la inclusión de las modalidades de bádminton. Por Resolución de 14 de abril de 2021, del Área de Régimen Jurídico Deportivo de la Comunidad de Madrid resultan aprobados y realizada su inscripción en REDCM (Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid).